Gracias a tu aportación nuestras acciones aumentarán en repercusión y resultados, lo que nos permitirá llegar a una mayor cantidad de niños.
La Fundación Crecer Jugando no cuenta con proyectos directos de atención a la infancia, si no que colabora con cientos de entidades y ONG en España y en todo el mundo, para asegurar que todos los niños pueden jugar y reciben juguetes, algunos por primera vez. Apoyando nuestra labor, colaboras al mismo tiempo con las acciones de otras ONG y entidades como Mensajeros de la Paz, Cruz Roja, Plan Internacional, ASIDALI, Cáritas, Fundación Educación y Desarrollo, ACOES, Fundación Padre Garralda, ASPANION, ANMAG, Mano a Mano, SED, Fundación Padre Arrupe, entre otros; y también con hospitales como La Fe de Valencia y El Hospital general de Alicante.
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Si como nosotros crees firmemente en la importancia que el juego y los juguetes tienen para el desarrollo de los más pequeños, y quieres defender este derecho garantizando que todos los niños puedan acceder a él, colabora y ayúdanos a hacerlo posible.
Colaboración mensual
3€ mes /5€ mes/ 10€ mes/15€ mes/25€ mes/ otra cantidad
Colaboración anual
60€ anuales/100€anuales/150€ anuales/otra cantidad
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Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros será del 35 por ciento.
- Los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de su cuota íntegra el 80% de los primeros 150 euros donados o de los bienes o derechos donados hasta el valor de 150 euros, calculado conforme a las reglas de valoración de la ley. Los 150 primeros euros son los que el contribuyente decida respecto del total de las donaciones que haya realizado en el mismo ejercicio a una o varias entidades, sin que tengan que ser los primeros 150 euros en el tiempo.
- El resto de la donación o de las restantes donaciones que superen los 150 euros darán derecho a deducir de la cuota íntegra el 35%del importe donado o del valor de los bienes o derechos donados.
- Además, Donaciones plurianuales: el 30% se incrementará al 35%si el contribuyente ha realizado donaciones por importe o valor igual o superior a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores